Ley de Emprendimiento e Innovación

¡Excelentes noticias!

En febrero de 2020 entró en vigencia la Ley Orgánica de Emprendimiento e Innovación, su propósito es establecer un marco normativo que incentive el emprendimiento, la innovación y el desarrollo tecnológico, promoviendo la cultura emprendedora e implementando nuevas modalidades societarias y de financiamiento para fortalecer el ecosistema emprendedor. 

Esta normativa podrá respaldar todas las actividades de carácter público o privado, vinculadas con el desarrollo del emprendimiento y la innovación, en el marco de las diferentes formas de economía pública, privada, mixta, popular y solidaria, cooperativista, asociativa, comunitaria y artesanal.

La de Emprendimiento e Innovación, fue presentada en año 2019 como Proyecto de Ley ante la Asamblea Nacional gracias al liderazgo de la Alianza para el Emprendimiento y la Innovación (AEI), que conjugó el criterio de varios actores del ecosistema nacional de emprendimiento. 

Ejes principales de la Ley Orgánica de Emprendimiento e Innovación

  • Implementación de las Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS). Esta es una nueva figura legal para negocios, que simplifica el proceso de empezar un negocio formal. A través de esta figura, se pueden constituir sociedades unipersonales sin capital mínimo.
  • Creación del Registro Nacional de Emprendedores (RNE), que permitirá focalizar políticas dirigidas a promover el crecimiento de los nuevos negocios.
  • Creación de fuentes alternativas de financiamientos, que incluyen, capital semilla, capital de riesgo, e inversión ángel.
  • Promoción de fondos de colaboración o “crowdfunding” para emprendimientos potenciales.
  • Contratos laborales más flexibles.
  • Reestructuración de las empresas, por medio de la cual los emprendedores pueden crear acuerdos entre sus acreedores con respecto a sus deudas.

Además, es interesante destacar que, siendo la dificultad de acceder a financiamiento uno de los puntos críticos que vive todo emprendedor, esta ley exhorta al acceso preferente a servicios financieros y a fondos de inversión públicos. La normativa también menciona la posibilidad de colocar activos intangibles en el sistema financiero nacional, como garantía para las operaciones de crédito. 

Asimismo, el Ministerio de Educación y la Secretaría de Educación Superior Ciencia Tecnología e Innovación (Senescyt) velarán porque en la educación secundaria y de tercer nivel se establezcan mallas curriculares que incluyan contenidos orientados al desarrollo y afianzamiento de espíritu emprendedor.

Sin duda, la aprobación de esta ley, marca un camino al cambio substancial de las oportunidades y respaldo que los emprendimientos van a poder aprovechar en nuestro país.

Fuentes:

Cinco puntos clave de la Ley de Emprendimiento

Global Entrepreneurship Monitor Ecuador 2019/2020. Lasio, Amaya, Zambrano y Ordeñana.

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